Si tenés que construir una obra desde cero en tu terreno, debes solicitar el permiso de construcción en Catastro Municipal, para lo cual el primer paso es presentar la carpeta de Anteproyecto. La aprobación del Anteproyecto no autoriza que inicies la construcción, sino que habilita la presentación de la carpeta de Proyecto, la cual de aprobarse si te permitirá iniciar la obra. Este trámite incluye la presentación de planos, por lo que necesitarás la firma de un profesional matriculado para su ingreso a Catastro Municipal.

Documentación requerida:
Si se tratara de un Anteproyecto de Urbanización a los fines de construir un Complejo Habitacional, se deberá agregar:
Los planos deben estar sellados por el Colegio Profesional y firmados por el Profesional responsable.
Se deben respetar los colores reglamentarios establecidos en el Manual de Procedimientos (Dcto. 3763/SOP/14). Click aquí para descargar
Vencimiento del Anteproyecto: 180 días a partir de la fecha de aprobación.
La reválida del Anteproyecto vencido se solicita mediante nota y copia del plano de Anteproyecto aprobado.
Si querés realizar una modificación en un edificio existente, o ampliar la construcción, también necesitarás el permiso de construcción de Catastro Municipal. En este caso, si se trata de cualquiera de los trabajos mencionados en el trámite, y supera los 20 m² de superficie, o incluye modificación de la estructura o instalaciones eléctrica/sanitaria existentes, será necesaria la presentación de una carpeta de Anteproyecto con planos incluidos, por lo que será indispensable contar con la firma de un profesional matriculado. De igual manera que en Obra Nueva, la aprobación del Anteproyecto no autoriza el inicio de obra, sino que habilita la presentación del proyecto, el cual si otorga el permiso de construcción una vez qye haya sido aprobado.

Documentación requerida:
Los planos deben estar sellados por el Colegio Profesional y firmados por el Profesional responsable.
Se deben respetar los colores reglamentarios establecidos en el Manual de Procedimientos (Dcto. 3763/SOP/14). Click aquí para descargar
Vencimiento del Anteproyecto: 180 días a partir de la fecha de aprobación.
La reválida del Anteproyecto vencido se solicita mediante nota y copia del plano de Anteproyecto aprobado.